Las modificaciones buscan, por un lado, reducir ciertas regulaciones implementadas desde 2022 para facilitar las importaciones y, por otro, flexibilizar las restricciones en la publicidad.
En particular, la Disposición 11362/2024 elimina varios artículos de la resolución de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) que dio origen al sistema.
Por su parte, la Disposición 11378/2024 establece las regulaciones vigentes y las modificaciones en materia de promoción y publicidad, con un enfoque particular en los alimentos que presentan un único sello de advertencia.
Uno por uno, los cambios en el etiquetado frontal de alimentos
La Disposición 11362/2024 de la ANMAT deroga específicamente los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 10 de la Disposición ANMAT N° 2673/22, que había definido los lineamientos para la implementación del sistema de etiquetado frontal.
El texto oficial confirma la continuidad del «Sistema de declaración de sellos y advertencias nutricionales», integrado al Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos. Este sistema, según se indica, fue creado para gestionar los procedimientos estipulados por la Ley Nº 27.642.
En relación con los considerandos, se señala: «Dado que la mencionada ley y su decreto reglamentario están completamente implementados, se considera necesaria la actualización de la Disposición ANMAT N° 2673/22».
Según lo dispuesto por el Gobierno, se eliminan los siguientes servicios:
- La Declaración Jurada
- El Gestor de prórrogas
- El buscador
Declaración jurada
La resolución original establecía que «todos los sujetos obligados deberán realizar y mantener actualizada, de forma obligatoria, la DECLARACIÓN JURADA para los productos alcanzados por la Ley Nº 27.642 y su Decreto reglamentario N° 151/22″.
Esto requería que las empresas registraran e ingresaran la documentación correspondiente, asegurando que los rótulos de los productos cumplieran con el análisis del sistema y respetaran las especificaciones técnicas de los sellos de advertencia y las leyendas precautorias.
Asimismo, como parte del proceso de «verificación de identidad», los sujetos obligados debían acceder al sistema a través del portal de la ex AFIP utilizando su clave fiscal. Este procedimiento agregaba más pasos burocráticos, incrementaba los detalles de control y alargaba los tiempos de implementación.
Gestor de prórrogas
Esta herramienta permitía a los sujetos obligados gestionar solicitudes de extensión de plazos, así como presentar las justificaciones correspondientes en casos especiales, como los envases retornables con rótulos litografiados y/o pintados mencionados en el artículo 19° de la reglamentación.
Las prórrogas podían solicitarse ante la ANMAT por un período de 180 días corridos, exclusivamente para la primera etapa y de manera única.
Buscador
El buscador ofrecía acceso a información destinada a las autoridades de aplicación, las autoridades competentes nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y también al público en general.
Permitía consultar de forma abierta y en línea los perfiles de nutrientes de alimentos y bebidas analcohólicas, consolidando los datos provenientes de las declaraciones juradas presentadas por los sujetos obligados.
Etiquetado frontal de alimentos: cuáles serán los cambios visibles en las góndolas
La ANMAT presentó un detallado manual que describe cómo se modificarán las etiquetas a partir de ahora. En términos generales, los consumidores notarán que los rótulos únicamente informarán los ingredientes añadidos durante la elaboración del producto.
Esto implica que las etiquetas especificarán la cantidad de azúcar, sodio, grasas y calorías adicionales incorporadas, además de los nutrientes que el producto ya contiene de forma natural, como en el caso de los alimentos a base de frutas, que poseen azúcares naturales.
Los productos que actualmente cumplen con la normativa anterior seguirán disponibles para la venta hasta agotar su stock. En adelante, las empresas deberán ajustarse a los nuevos requisitos establecidos por la normativa actualizada.
Nueva normativa para la publicidad
La Disposición 11378/2024 introduce modificaciones clave en las reglas de publicidad y promoción para productos alimenticios alcanzados por la regulación.
En el anexo de la resolución, se detallan las directrices específicas para la publicidad de alimentos y bebidas envasadas que tengan al menos un sello de advertencia.
Aunque se incorporan nuevos lineamientos, se mantienen ciertas prohibiciones de la normativa previa, como la dirigida específicamente a niños y adolescentes. En este sentido, la disposición establece definiciones claras para ambos grupos etarios y reafirma: «Queda prohibido publicitar, promocionar y/o patrocinar alimentos y bebidas analcohólicas envasados dirigidos especialmente a niños y adolescentes».
Además, la normativa regula otros aspectos como la presentación objetiva del producto, la obligatoriedad de incluir los sellos de advertencia, y la prohibición de elementos como personajes infantiles o promociones que puedan resultar engañosas.