El plus vacacional está dirigido a todos los trabajadores que están en relación de dependencia, ya sea en el sector privado o público
25/01/2025 – 18:34hs
El plus vacacional es un derecho que tienen todos los trabajadores en relación de dependencia, gracias a la Ley 20.744 (Contrato de Trabajo), la cual asegura el cobro de un monto extra al salario habitual durante el periodo de vacaciones. Entender cómo se calcula este pago es fundamental para planificar las finanzas personales y disfrutar los días de descanso con tranquilidad.
El plus vacacional, también conocido como «pago por vacaciones», es un adicional que corresponde al trabajador durante el tiempo que disfruta de sus días de descanso anual. Este monto se suma al salario mensual habitual. Su objetivo principal es garantizar que el empleado pueda disponer de recursos adicionales para cubrir gastos asociados a sus vacaciones.
Para calcular la duración de los días de vacaciones, se considera fundamentalmente la antigüedad que el trabajador tenga en su empleo al 31 de diciembre del año en el que este las solicita.
¿Cómo se calcula el plus vacacional?
El cálculo no es complicado, pero requiere atención a algunos detalles. Según lo establecido por la legislación laboral argentina, el importe corresponde al equivalente al salario diario del trabajador multiplicado por los días de vacaciones que se tomará. Los detalles del procedimiento:
- Determinar el salario diario: para calcularlo, se debe dividir el salario mensual bruto del trabajador por 25. Este divisor está estipulado por la ley, sin importar cuántos días laborables tenga el mes.
Por ejemplo, si un trabajador percibe un salario bruto de $150.000 mensuales, el cálculo sería:
$150.000 / 25 = $6.000 por día
- Multiplicar por los días de vacaciones: una vez obtenido el salario diario, se multiplica por la cantidad de días de vacaciones que corresponden al trabajador según su antigüedad en la empresa:
- Hasta 5 años de antigüedad: 14 días
- Entre 5 y 10 años: 21 días
- Entre 10 y 20 años: 28 días
- Más de 20 años: 35 días
Siguiendo con el ejemplo anterior, si el trabajador tiene entre 5 y 10 años de antigüedad, el cálculo sería:
$6.000 x 21 = $126.000 de plus vacacional
- Considerar retenciones: el monto calculado es bruto, por lo que es importante recordar que pueden aplicarse retenciones por aportes previsionales, obra social y otros conceptos.
Ejemplo práctico
Supongamos un trabajador que cobra un salario bruto mensual de $200.000 y tiene 8 años de antigüedad en la empresa. Este empleado tomará los 21 días de vacaciones correspondientes según la ley. El cálculo sería:
- Salario diario: $200.000 / 25 = $8.000
- Plus vacacional: $8.000 x 21 = $168.000
En este caso, el trabajador recibirá $168.000 adicionales en concepto de plus vacacional antes de comenzar sus vacaciones.
¿Quiénes tienen derecho al plus vacacional?
El beneficio está dirigido a todos los trabajadores que están en relación de dependencia, ya sea en el sector privado o público. Sin embargo, no aplica para trabajadores autónomos, monotributistas o aquellos que realizan tareas bajo modalidades informales.
Es importante tener en cuenta que el pago del plus vacacional debe realizarse antes de que el trabajador inicie sus días de descanso. Esto asegura que pueda disponer de los fondos necesarios para disfrutar de sus vacaciones.
Cabe recordar también que las vacaciones se otorgan dentro del período que comienza el 1° de noviembre del año en el que el trabajador se las toma (a partir del primer lunes o del primer día semanal de trabajo habitual) y que finaliza el 30 de marzo siguiente. Asimismo, si el trabajador lo solicita, es posible fraccionar los días de vacaciones para usarlos en otras épocas del año.
¿Qué hacer si no se recibe el pago correspondiente?
Si un empleador no cumple con el pago del plus vacacional, el trabajador tiene derecho a realizar un reclamo formal. Es recomendable iniciar el proceso comunicándose primero con el área de Recursos Humanos de la empresa para buscar una solución directa. Si el inconveniente persiste, se puede acudir al Ministerio de Trabajo o asesorarse con un abogado especializado en derecho laboral.
Recordá consultar siempre el convenio colectivo aplicable a tu actividad y asegurarte de recibir el pago antes de iniciar tus vacaciones.