lunes, marzo 10, 2025

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empleados con salarios más altos recibirán una mejora de ingresos entre abril y mayo

La mayoría de los empleados que tienen los salarios más altos tendrán entre abril y mayo próximos una mejora de ingresos debido a los cambios que se establecieron el año pasado en el Impuesto a las Ganancias.

Se debe al ajuste de las tablas de categorías que se hizo en septiembre de 2024 de manera extraordinaria que impactaron sobre los salarios de manera retroactiva al 1° de enero.

El año pasado las empresas iniciaron el período fiscal con la sola vigencia del Impuesto Cedular que impactaba solo en unas 2.000 personas. Sobre la mitad del año se restituyó Ganancias para empleados con retroactividad a enero y en septiembre se hizo un ajuste extraordinario de categorías.

Eso determinó que en la mayoría de las empleados las empresas haya practicado retenciones del Impuesto a las Ganancias más altas de las que le hubiera correspondido. Eso se corrige con las declaraciones anuales de abril del empleador.

Andrés Tellado Cañás, socio de la Práctica de Tributación de Nómina y Derecho Laboral KPMG Argentina y Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, coincidieron en que la devolución de los importes se cobrará entre abril y mayo.

Ganancias: cuándo se percibirá la restitución de importes

En abril es para el caso de empresas que pagan el sueldo antes de fin mes. En mayo será para los haberes devengados durante el mes anterior. En algunos casos podría ser al revés, que al empleado le hayan descontado de menos.

Al respecto, Tellado señaló que “los empleados tienen plazo hasta el 31 de marzo para presentar el Formulario 572 web correspondiente al período fiscal anterior”. “Esta declaración debe incluir deducciones, percepciones y otros ingresos en caso de contar con otro empleo adicional”, agregó el asesor tributario.

El contador planteó que “la mencionada liquidación anual debe ser transmitida electrónicamente al Fisco respecto de aquellos trabajadores cuya remuneración bruta, -sean éstas gravadas, exentas y/o no alcanzadas- obtenidas en el año fiscal, resulte igual o superior a $15.917.863,58 o bien cuando se trate de trabajadores a los que no se les hubiera practicado la retención total del gravamen sobre las remuneraciones abonadas”.

“Para los restantes casos, se puede entregar el formulario al trabajador, si bien resulta habitual que se transmita la liquidación anual de toda la nómina al Organismo, de forma tal que cada trabajador la pueda consultar en el sitio web de ARCA”, explicó Tellado.

Liquidación anual del Impuesto a las Ganancias

En ese sentido, indicó que “este año, al realizar la liquidación anual del impuesto correspondiente al período fiscal 2024, es probable que se generen devoluciones para todos los trabajadores, salvo en casos particulares, por ejemplo, aquellos que declaren remuneraciones de otros empleadores no incluidas en presentaciones anteriores el F.572 web”.

“Cabe destacar que, en septiembre de 2024, se aplicó un incremento extraordinario en las tablas de cálculo del impuesto, cuyo impacto correspondiente a los meses anteriores se verá reflejado recién en esta liquidación anual”, remarcó el tributarista, quien recomendó a las empresas revisar la situación de los empleados que estaban alcanzados por el derogado Impuesto Cedular.


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