La ciudad de San Javier cuenta con una norma vigente que regula el uso de los fuegos artificiales de impacto sonoro. Se trata de la ordenanza numero 45/19 cuyo objetivo principal es el resguardo de personas, bienes y animales domésticos
A través de esta legislación se promueve el no uso de material pirotécnico de gran estruendo, que podrían perjudicar la salud de las personas, especialmente de aquellas que son vulnerables a estímulos impredecibles, intermitentes y de alta intensidad acústica; generando riesgos también para animales y el ambiente.Según establece la normativa, quedan prohibidos aquellos artefactos que produzcan efecto audible, de gran estruendo o estampido, como así también el encendido, manipulación y suelta en el aire de globos aerostáticos, ya sea desde lugares abiertos o cerrados, públicos o privados.
Asimismo, se recuerda que en todo el ejido municipal está prohibido el depósito, tenencia, exhibición, comercialización, manipulación, uso, distribución y expendio al público, mayorista o minorista, y venta ambulante en la vía pública, de artículos de pirotecnia con mpacto Sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, sean o no de venta libre y de fabricación autorizada.
Se recomienda respetar las normas vigentes al respecto como también las precauciones para evitar incidentes de Tránsito.
A.E.